Enseñanzas Básicas

Normativa vigente
Decreto 17/2009, de 20 de enero, por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música de Andalucía y la Orden de 24 de junio de 2.009, por la que se desarrolla el currículo.

Horario Semanal

Materias

Ciclo 1º

  Curso 1º         Curso  2º

Ciclo 2º

  Curso 1º           Curso  2º

INSTRUMENTO

2*

2*

1

1

LENGUAJE MUSICAL

2

2

2

2

CORO

1

1

AGRUPACIONES MUSICALES

1

1

(*) Las clases instrumentales de primer y segundo curso de primer ciclo serán colectivas, con un máximo de tres alumnos o alumnas por cada dos horas.

Ordenación de las enseñanzas básicas

Las enseñanzas elementales de música tendrán un doble modelo organizativo: Enseñanzas Básicas y Enseñanzas de iniciación.
Las Enseñanzas Básicas son aquellas enseñanzas adecuadas a los procesos formativos y evolutivos de la persona, especialmente pensadas para niños y niñas en edad escolar.

Tienen como objetivos específicos:
a) Desarrollar la personalidad y sensibilidad del alumnado a través del aprendizaje de la música.
b) Fomentar la creatividad musical y la capacidad de acción y transformación de los conocimientos.
c) Favorecer el interés y una actitud positiva del alumnado, ante el hecho artístico relacionado con la música.
d) Potenciar el desarrollo de sus posibilidades y prepararle para su incorporación a los estudios profesionales de música.

Las enseñanzas básicas de música se desarrollarán en dos ciclos de dos cursos de duración cada uno.

Evaluación, promoción, permanencia y titulación

  • La sesión de evaluación y la calificación finales se realizarán en el mes de junio. Los resultados de la evaluación final de las distintas materias que componen el currículo se expresarán mediante la escala de calificaciones: Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente, considerándose negativa la primera y positivas las restantes.
  • El alumnado promocionará de curso cuando haya superado las materias cursadas o tenga evaluación negativa, como máximo, en una materia. En el supuesto de que un alumno o alumna promocione con una materia no superada, su recuperación deberá realizar en el curso al que promociona, si dicha materia forma parte del mismo. En caso contrario, el alumno/a deberá asistir a las clases del curso del que procede. El alumnado que al término del cuarto curso de las enseñanzas básicas tuviera pendiente de evaluación positiva dos materias o más, deberá repetir el curso en su totalidad. Cuando la calificación negativa se produzca en una materia, sólo será necesario que se realice ésta.
  • El límite de permanencia será de cinco años. El alumnado no podrá permanecer más de dos años en el mismo curso. Con carácter excepcional, el Consejo Escolar del Centro, podrá ampliar en un año los límites de permanencia en supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan similar consideración.
  • La superación de las enseñanzas básicas de música dará derecho a la obtención del título elemental de música expedido por la Consejería competente en materia de educación.
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